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El fuero es inmunidad, no impunidad

Se puso en tela de juicio al fuero legislativo y, como en otras veces, la discusión seria fue desplazada por el falso debate, la reiteración de lugares comunes y el infaltable lucimiento de quienes, ávidos por opinar de todo, propusieron suprimir la disposición jurídica que, a su pobre entender, permite a los representantes populares actuar "por encima de la ley". Demuestran ignorancia o mala fe; los legisladores gozan de inmunidad, no impunidad. Como lo indica el significado de ambos términos, no es lo mismo ser inmune -protegerse contra una amenaza- que impune -no recibir castigo por algún ilícito.

El artículo 61 de la Constitución es claro al respecto: diputados y senadores "son inviolables por las opiniones que manifiesten en el desempeño de sus cargos". Es verdad que este precepto remite a la indispensable autonomía que requiere dicho poder para cumplir con el papel de contrapeso y, en tal medida, ser un factor de equilibrio y moderación. Pero sus implicaciones van más allá: un legislador no puede ser reconvenido ni amordazado, pues su voz es la de quien lo eligió y, por tanto, acallarla supone negarle el elemental derecho de expresión a la comunidad. No se trata, entonces, de defender un privilegio o de beneficiarse de un régimen de excepción; tampoco de mantener disposiciones que, por cierto, lejos de ser patente de corzo o un instrumento discrecional, están sujetas a procedimientos transparentes y rigurosos.

Si todo ciudadano, por el simple hecho de serlo, debe gozar de garantías básicas, para los miembros del Congreso que, además de aprobar las leyes, contienen los excesos y corrigen los errores del Ejecutivo, ser respetados en su integridad es, más que prerrogativa, condición para la salud de la república.

Sobre todo en un momento en que, a falta de más y mejores políticos, los diferendos se judicializan, dando pauta a la suposición de que, si el fuero no existiese, los legisladores podrían ser objeto de persecución, e incluso, de venganza, de chantaje o de presión, independientemente de que las acusaciones en su contra puedan ser justificadas o se apeguen a la ley.

Si quien ha recibido el mandato lo pervierte, socava la dignidad de su investidura, y aun, le acarrea desdoro por su comportamiento público, por supuesto que debe ser objeto de sanción. Sin embargo, su caso es particular y como tal debe tratársele. Ahí están las leyes para que se le juzgue como a cualquier individuo y, sobre todo, está la opinión pública, normalmente inapelable.

Nadie está en contra de que el fuero sea revisado y sometido a eventuales cambios que lo adapten a las circunstancias. Pero toda propuesta debe darse en el marco de nuestro derecho positivo y no perder de vista la historia, que explica la razón de ser de lo que hoy algunos no comprenden.

Hemos avanzado tanto en el disfrute de las libertades políticas, como en el ejercicio responsable del poder público. Lejos estamos, afortunadamente, de los tiempos sombríos en que expresarse con dignidad e independencia causó la prisión o la muerte a prohombres como Belisario Domínguez. Pero lejos de ser ése el argumento para tildar al fuero de anacrónico o innecesario, debe perfeccionársele y darle nuevas connotaciones para que responda a nuevos tiempos y siga siendo eficaz.

Debe ser analizado con cuidado y no dejárselo sólo a quienes hablan para dar la nota.

*ccq@cesarcamacho.org.mx


Actualizaciones constantes sin previo aviso: Actualización: September 4, 2003

 
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